La Ley Crea y Crece es una norma española orientada a facilitar la creación y el crecimiento de empresas, que entre sus medidas introduce la obligación progresiva de facturación electrónica entre empresas y autónomos (B2B), con el objetivo declarado de reducir la morosidad y aumentar la transparencia en las relaciones comerciales.
Qué introduce la Ley Crea y Crece en materia de facturación
- Obligación de factura electrónica B2B: empresas y autónomos deberán emitir y recibir facturas electrónicas en sus operaciones entre sí, no solo con la Administración.
- Plazos escalonados según el tamaño de la empresa, con las de mayor facturación entrando primero en la obligación.
- Objetivo de reducir la morosidad, al facilitar el seguimiento del estado de las facturas (emitida, recibida, pagada).

Por qué conviene anticiparse aunque tu plazo aún no haya llegado
Aunque los plazos de la Ley Crea y Crece son escalonados según el tamaño de empresa, adoptar la facturación electrónica con antelación evita tener que hacer un cambio urgente de sistema justo cuando la obligación entra en vigor para tu negocio, y te permite beneficiarte antes de las ventajas de organización que aporta.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo es obligatoria la factura electrónica B2B para todas las empresas?
Los plazos son escalonados según el tamaño de la empresa y se han ido concretando mediante desarrollo reglamentario; consulta la fecha exacta aplicable a tu caso con tu asesoría fiscal o las fuentes oficiales, ya que puede haber cambiado desde que se publicó este artículo.
¿Esta ley afecta también a autónomos?
Sí, con carácter general la obligación de facturación electrónica B2B alcanza también a autónomos en sus operaciones con otras empresas y autónomos, con los plazos correspondientes según la normativa vigente.
¿Necesito un software específico para cumplir con la Ley Crea y Crece?
Necesitas un sistema capaz de emitir y recibir facturas en formato electrónico estructurado y cumplir con los requisitos que se vayan concretando reglamentariamente; confirma con tu proveedor de software que está preparado para ello.
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Contenido informativo general; con carácter particular, consulta siempre con tu asesoría fiscal para tu caso concreto y verifica los plazos vigentes en fuentes oficiales.



