Si tienes un negocio en España, es probable que en los últimos meses hayas oído hablar de VERI*FACTU sin tener del todo claro qué es ni si te afecta ya. La respuesta corta: es el nuevo sistema de facturación verificable de la Agencia Tributaria, y aunque su entrada en vigor se ha aplazado, el software que uses para facturar ya debería estar preparado para él.
Qué es VERI*FACTU exactamente
VERI*FACTU es la modalidad de los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) que permite enviar cada factura a la Agencia Tributaria (AEAT) de forma automática, en el mismo momento en que se emite. La propia AEAT lo define como un sistema para la remisión de los registros de facturación de manera «continuada, segura, correcta, íntegra, automática, consecutiva, instantánea y fehaciente».
En la práctica, cuando facturas con un programa adherido a VERI*FACTU, cada factura se envía a la sede electrónica de la AEAT en el momento de su creación y lleva un código QR con el texto «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT». Cualquier cliente puede escanear ese QR y comprobar que la factura ha quedado registrada ante Hacienda.
VERI*FACTU no es una ley nueva, es una forma de cumplir la ley
VERI*FACTU nace del Real Decreto 1007/2023, que desarrolla la conocida como «ley antifraude», y establece los requisitos que deben cumplir los sistemas informáticos de facturación para garantizar que los registros no se puedan manipular. Dentro de esa normativa, un negocio puede optar por dos caminos:
- Sistema VERI*FACTU: envía los registros de facturación a la AEAT en tiempo real. A cambio, se simplifican otros requisitos técnicos (por ejemplo, no exige firma electrónica de cada registro).
- Sistema no VERI*FACTU: no envía los datos en el momento, pero debe conservar los registros localmente con medidas de seguridad más exigentes (firma electrónica, huella o «hash» encadenado, etc.).
La mayoría de pymes y autónomos que usan un software de facturación en la nube optan por VERI*FACTU porque simplifica bastante la parte técnica: es el propio programa el que se encarga del envío.
¿Es lo mismo que la factura electrónica obligatoria?
No, y aquí es donde más confusión hay. VERI*FACTU regula cómo se genera y se controla internamente cada factura de cara a Hacienda. La factura electrónica obligatoria entre empresas (derivada de la Ley Crea y Crece) regula cómo se intercambian las facturas entre negocios, en un formato estructurado. Son normativas complementarias, no la misma cosa. Lo explicamos con más detalle en VERI*FACTU y factura electrónica: en qué se diferencian.
¿Cuándo es obligatorio VERI*FACTU?
Tras el Real Decreto-ley 15/2025, que aplazó el calendario inicial, los plazos vigentes son:
- 1 de enero de 2027: obligatorio para empresas (sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades).
- 1 de julio de 2027: obligatorio para autónomos (IRPF) y otros obligados en atribución de rentas.
Importante: aunque el uso obligatorio se ha retrasado, los fabricantes de software ya estaban obligados a comercializar programas adaptados desde el 29 de julio de 2025. Es decir, si contratas un programa de facturación nuevo hoy, ya debería cumplir con VERI*FACTU aunque tú todavía no estés obligado a activarlo.
Puedes consultar el detalle en la página oficial de la Agencia Tributaria sobre Sistemas Informáticos de Facturación y VERI*FACTU.
¿Puedo empezar a usarlo antes de que sea obligatorio?
Sí. La adhesión a VERI*FACTU es voluntaria y se formaliza simplemente empezando a enviar los registros a la AEAT, sin necesidad de ningún trámite previo (no hace falta presentar el modelo 036). Eso sí, una vez que empiezas a enviar registros en una modalidad, debes mantenerte en ella como mínimo hasta el fin del año natural.
Empezar antes de la fecha límite tiene una ventaja clara: te evitas hacerlo todo de golpe cuando se acerque la obligación, y tu facturación queda blindada desde ya frente a cualquier duda sobre su trazabilidad.
Preguntas frecuentes sobre VERI*FACTU
¿VERI*FACTU me obliga a cambiar de programa de facturación?
No necesariamente, pero sí te obliga a que el programa que uses esté adaptado. Si tu proveedor actual no tiene previsto adaptarse, tendrás que buscar una alternativa antes de la fecha límite que te aplique.
¿Qué pasa si sigo facturando en papel o en una hoja de Excel?
Los negocios que facturan de forma manual (sin un sistema informático de facturación) quedan fuera del ámbito estricto del reglamento SIF, pero en la práctica casi ningún negocio factura así hoy en día, y Hacienda espera avanzar hacia la digitalización completa.
¿VERI*FACTU tiene coste adicional?
El envío de registros a la AEAT no tiene coste en sí mismo. El coste, si lo hay, depende de si tu programa de facturación actual cobra por la actualización o si necesitas contratar uno nuevo.
¿Y si soy autónomo con módulos?
Los autónomos en estimación objetiva (módulos) también están dentro del ámbito de VERI*FACTU, con sus propias particularidades. Conviene revisarlo con tu asesoría antes de la fecha límite.
Cómo prepararte con Clientum
Si facturas con Clientum, el envío de tus facturas a la AEAT bajo VERI*FACTU se gestiona desde el propio programa, sin pasos manuales adicionales. Puedes ver el estado de tus envíos (enviados, correctos, con error) directamente en tu panel.
Si eres autónomo, en VERI*FACTU para autónomos: qué cambia y cómo prepararte te explicamos qué debes tener listo antes del 1 de julio de 2027. Si tienes una empresa, en VERI*FACTU para empresas: requisitos, fechas y software de facturación encontrarás el calendario específico para sociedades.
Contenido revisado el 27 de agosto de 2026 con información de la Agencia Tributaria (AEAT). Las fechas pueden actualizarse si hay nuevos cambios normativos; consulta siempre la sede electrónica de la AEAT para la información oficial vigente.


