El SII (Suministro Inmediato de Información) es un sistema de la Agencia Tributaria mediante el cual determinadas empresas deben enviar el detalle de sus facturas emitidas y recibidas de forma electrónica y casi en tiempo real, en lugar de declararlas únicamente en los modelos trimestrales o anuales habituales.
Cómo funciona el SII
- Envío electrónico de registros: los datos de cada factura se remiten a la AEAT en un plazo reducido desde su emisión o registro.
- Sustituye a ciertos libros registro: las empresas incluidas en el SII llevan sus libros de IVA a través de este sistema, en lugar de otros modelos informativos.
- Mayor control y trazabilidad para la Administración sobre la facturación en tiempo casi real.
Quién está obligado al SII
Con carácter general, el SII es obligatorio para grandes empresas y otros sujetos pasivos determinados por la normativa (como quienes están inscritos en el régimen de devolución mensual del IVA), y voluntario para el resto de empresas que quieran acogerse a él. Si tienes dudas sobre si tu negocio está o no obligado, consulta con tu asesoría fiscal tu caso concreto.

Por qué tener la facturación centralizada facilita el SII
Si tu negocio está sujeto al SII, tener las facturas emitidas y recibidas ya registradas de forma electrónica y organizada facilita mucho generar y enviar la información requerida, frente a depender de procesos manuales para reconstruir esos datos cada vez.
Preguntas frecuentes
¿Todas las empresas están obligadas a usar el SII?
No, con carácter general aplica a determinados sujetos pasivos definidos por la normativa; el resto de empresas pueden acogerse de forma voluntaria. Consulta tu situación concreta con tu asesoría fiscal.
¿El SII sustituye a la factura electrónica obligatoria?
No, son obligaciones distintas: el SII es un sistema de envío de información sobre facturación a la AEAT, mientras que la facturación electrónica B2B es una obligación diferente relacionada con el formato y envío de las propias facturas entre empresas.
¿En qué plazo hay que enviar la información al SII?
Con carácter general, el plazo es reducido desde la emisión o registro de la factura; consulta el plazo exacto vigente con tu asesoría fiscal, ya que puede variar según el tipo de operación.
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Consulta también qué es VERI*FACTU y qué es la Ley Crea y Crece.
Contenido informativo general; con carácter particular, consulta siempre con tu asesoría fiscal para tu caso concreto.



